miércoles, 23 de noviembre de 2016

Norma ambiental para la separación, recolección selectiva y almacenamiento de los residuos de la ciudad de México

Tipos de separación y especificaciones de la entrega
Tipo
Clasificación
Ejemplos
Entrega
Separación primaria
Residuos Orgánicos
Flores, pasto, hojarasca, restos de comida, cáscaras de fruta y verdura, cascarón de huevo, etc.
Estos residuos deberán ser entregados al Servicio público de limpia o al sistema privado de recolección de residuos sólidos urbanos, atendiendo a los lineamientos que la autoridad correspondiente disponga para la recolección selectiva
Residuos inorgánicos
Papel, cartón, vidrio, metales, ropa y textiles, maderas procesadas, calzado , etc.
Separación primaria avanzada
Residuos Biodegradables susceptibles de ser aprovechados
Restos de verduras y frutas, cascarón de huevo, pan, tortillas, huesos
Estos deberán ser entregados por el generador al Servicio público de limpia en forma separada, atendiendo a los
lineamientos que la autoridad correspondiente disponga para la recolección selectiva
Residuos Inorgánicos con potencial de reciclaje
Papel y Cartón, plástico, vidrio, metales, ropa y textiles, maderas, envases multicapas
Estos materiales deben ser separados del resto de los residuos, desde la fuente para evitar ser contaminados y deberán ser entregados por el generador al Servicio público de limpia o privado de recolección de residuos sólidos urbanos en forma separada, atendiendo a los lineamientos que la autoridad correspondiente disponga para la recolección selectiva
Residuos inorgánicos de aprovechamiento limitado
Residuos sanitarios, pañuelos usados, papel de baño, toallas sanitarias, cotonetes, curitas, pañales, plásticos de difícil aprovechamiento
Estos materiales deben ser separados desde la fuente para evitar que contaminen a los residuos biodegradables, a los residuos con potencial de reciclaje o a los especiales o voluminosos, y deberán ser entregados por el generador al Servicio público de limpia en forma separada, atendiendo a los lineamientos que la autoridad correspondiente disponga para la
recolección selectiva
Residuos de manejo especial y voluminoso
Grandes y pequeños electrodomésticos, equipos de informática y telecomunicaciones, aparatos electrónicos de consumo y paneles fotovoltaicos, aparatos de alumbrado, pilas y baterías que contengan litio, níquel, mercurio, manganeso, plomo, zinc o cualquier otro elemento que ermita la generación de energía eléctrica.
Estos residuos pueden ser entregados por los generadores en establecimientos comerciales, industriales o de servicios que funjan como centros de retorno de bienes a final de su vida útil, productos o residuos conforme a lo establecido en los Planes de Manejo correspondientes, o bien en Centros de Acopio debidamente autorizados o conforme a los programas que la Secretaría, la Secretaría de Obras y Servicios o las Delegaciones políticas implementen al menos una vez al mes para su recolecta.
Residuos peligrosos provenientes de fuentes distintas a los establecimientos comerciales, industriales o de
servicios
Aceite de motor, aceite lubricante gastado, limpiador de carburador, líquido de transmisión, líquido para frenos, asbesto, explosivos (pirotecnia), lámparas fluorescentes, lámpara o focos ahorradores, productos de revelado fotográficos, productos químicos para albercas, tintes para cabello
La Secretaría pondrá a disposición de la población la información necesaria para que los generadores de residuos peligrosos
provenientes de fuentes distintas a los establecimientos comerciales, industriales o de servicios, los dispongan en la forma y
lugar adecuados
Separación secundaria
Papel y cartón
Periódicos, revistas, papel de propaganda y publicidad, cartulinas, directorios, folders, envases multicapas, papel kraft, tarjetas de cartón
Los residuos de papel y cartón deberán entregarse en pacas amarradas al Servicio público de limpia o privado de recolección de residuos sólidos urbanos o en los centros de acopio autorizados para tal efecto, atendiendo los criterios establecidos por esta Norma Ambiental.
Metales
Cobre, aluminio, estaño, plomo, níquel, cromo, titanio, magnesio, plata, oro, platino, fierro, acero, acero inoxidable
Los residuos deberán separarse para ser entregados al Servicio público de limpia o privado de recolección de
residuos sólidos urbanos o en los centros de acopio autorizados para tal efecto, atendiendo los criterios establecidos por esta
Norma Ambiental.
Plásticos
PET (Polietileno Tereftalato), PEAD (Polietileno Alta Densidad), PVC (Cloruro de Polivinilo), PEBD (Polietileno Baja Densidad), PP (Polipropileno), PS (Poliestireno)
Vidrio
Vidrio cristalino, vidrio plano, vidrio color ámbar o verde
Otros residuos
Cadáveres de animales
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Los cadáveres de animales domésticos no podrán ser depositados en contenedores ubicados en vía pública, y deberán ser transportados por los propietarios a los centros autorizados para su adecuado manejo y disposición final, en términos de lo dispuesto en la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables en la materia.

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