Norma ambiental para
la separación, recolección selectiva y almacenamiento de los residuos de la
ciudad de México
Tipos de separación y especificaciones de la entrega
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Tipo
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Clasificación
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Ejemplos
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Entrega
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Separación
primaria
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Residuos
Orgánicos
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Flores,
pasto, hojarasca, restos de comida, cáscaras de fruta y verdura, cascarón de
huevo, etc.
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Estos
residuos deberán ser entregados al Servicio público de limpia o al sistema
privado de recolección de residuos sólidos urbanos, atendiendo a los
lineamientos que la autoridad correspondiente disponga para la recolección
selectiva
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Residuos inorgánicos
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Papel, cartón, vidrio, metales,
ropa y textiles, maderas procesadas, calzado , etc.
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Separación
primaria avanzada
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Residuos
Biodegradables susceptibles de ser aprovechados
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Restos de
verduras y frutas, cascarón de huevo, pan, tortillas, huesos
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Estos deberán
ser entregados por el generador al Servicio público de limpia en forma
separada, atendiendo a los
lineamientos
que la autoridad correspondiente disponga para la recolección selectiva
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Residuos Inorgánicos con
potencial de reciclaje
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Papel y Cartón, plástico, vidrio,
metales, ropa y textiles, maderas, envases multicapas
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Estos materiales deben ser
separados del resto de los residuos, desde la fuente para evitar ser
contaminados y deberán ser entregados por el generador al Servicio público de
limpia o privado de recolección de residuos sólidos urbanos en forma separada,
atendiendo a los lineamientos que la autoridad correspondiente disponga para
la recolección selectiva
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Residuos
inorgánicos de aprovechamiento limitado
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Residuos
sanitarios, pañuelos usados, papel de baño, toallas sanitarias, cotonetes,
curitas, pañales, plásticos de difícil aprovechamiento
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Estos
materiales deben ser separados desde la fuente para evitar que contaminen a
los residuos biodegradables, a los residuos con potencial de reciclaje o a
los especiales o voluminosos, y deberán ser entregados por el generador al
Servicio público de limpia en forma separada, atendiendo a los lineamientos
que la autoridad correspondiente disponga para la
recolección
selectiva
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Residuos de manejo especial
y voluminoso
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Grandes y pequeños
electrodomésticos, equipos de informática y telecomunicaciones, aparatos
electrónicos de consumo y paneles fotovoltaicos, aparatos de alumbrado, pilas
y baterías que contengan litio, níquel, mercurio, manganeso, plomo, zinc o
cualquier otro elemento que ermita la generación de energía eléctrica.
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Estos residuos pueden ser
entregados por los generadores en establecimientos comerciales, industriales
o de servicios que funjan como centros de retorno de bienes a final de su
vida útil, productos o residuos conforme a lo establecido en los Planes de
Manejo correspondientes, o bien en Centros de Acopio debidamente autorizados
o conforme a los programas que la Secretaría, la Secretaría de Obras y
Servicios o las Delegaciones políticas implementen al menos una vez al mes para
su recolecta.
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Residuos
peligrosos provenientes de fuentes distintas a los establecimientos
comerciales, industriales o de
servicios
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Aceite de
motor, aceite lubricante gastado, limpiador de carburador, líquido de
transmisión, líquido para frenos, asbesto, explosivos (pirotecnia), lámparas
fluorescentes, lámpara o focos ahorradores, productos de revelado
fotográficos, productos químicos para albercas, tintes para cabello
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La Secretaría
pondrá a disposición de la población la información necesaria para que los
generadores de residuos peligrosos
provenientes
de fuentes distintas a los establecimientos comerciales, industriales o de
servicios, los dispongan en la forma y
lugar
adecuados
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Separación secundaria
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Papel y cartón
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Periódicos, revistas, papel
de propaganda y publicidad, cartulinas, directorios, folders, envases multicapas,
papel kraft, tarjetas de cartón
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Los residuos de papel y
cartón deberán entregarse en pacas amarradas al Servicio público de limpia o
privado de recolección de residuos sólidos urbanos o en los centros de acopio
autorizados para tal efecto, atendiendo los criterios establecidos por esta
Norma Ambiental.
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Metales
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Cobre,
aluminio, estaño, plomo, níquel, cromo, titanio, magnesio, plata, oro,
platino, fierro, acero, acero inoxidable
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Los residuos
deberán separarse para ser entregados al Servicio público de limpia o privado
de recolección de
residuos
sólidos urbanos o en los centros de acopio autorizados para tal efecto,
atendiendo los criterios establecidos por esta
Norma
Ambiental.
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Plásticos
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PET (Polietileno
Tereftalato), PEAD (Polietileno Alta Densidad), PVC (Cloruro de Polivinilo), PEBD
(Polietileno Baja Densidad), PP (Polipropileno), PS (Poliestireno)
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Vidrio
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Vidrio
cristalino, vidrio plano, vidrio color ámbar o verde
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Otros residuos
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Cadáveres de animales
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Los cadáveres de animales
domésticos no podrán ser depositados en contenedores ubicados en vía pública,
y deberán ser transportados por los propietarios a los centros autorizados
para su adecuado manejo y disposición final, en términos de lo dispuesto en
la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal y demás
disposiciones aplicables en la materia.
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